jueves, 5 de marzo de 2009

MEYER PREGUNTA A LA COMISIÓN EUROPEA SOBRE EL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE DOS NUEVAS CENTRALES DE CICLO COMBINADO

Esta mañana el eurodiputado de Izquierda Unida, Willy Meyer, se ha dirigido a la Comisión europea en relación al proyecto de construcción de dos centrales de ciclo combinado en los municipios de Miranda (Burgos) y Lantarón (Álava). "Estas centrales de 1.100mw y 800mw respectivamente, son empresas consideradas nocivas, insalubres, molestas y peligrosas, que pueden suponer un serio riesgo para la salud humana y el medioambiente de las zonas afectadas", según ha afirmado el eurodiputado.

"El proyecto de construcción de dos centrales térmicas de ciclo combinado, consideradas nocivas, insalubres, molestas y peligrosas, en los municipios de Miranda y Lantarón, a una distancia de 5km, ha generado el rechazo casi unánime de sus vecinos, como demuestra el 94% y el 97% de votos en contra durante la consulta ciudadana organizada por los Ayuntamientos afectados. Se han presentado más de 11.000 firmas en contra del proyecto y más de 3.000 alegaciones al Estudio de Impacto Ambiental de la CTCC de Lantarón; un EIA que, según los afectados, omite, minimiza y falsea datos relevantes, con el objeto de obtener dictamen favorable por parte del Ministerio de Medioambiente.

La ubicación de estas centrales acrecentaría la ya de por sí crítica situación de una zona muy saturada a nivel sanitario y medioambiental; un valle donde se ubican: varios polígonos químicos - industriales, uno de ellos con 10 empresas químicas, dos de ellas de alta peligrosidad (General Química y Alcideka), y la Central Nuclear de Santa María de Garoña, situada a 15km. Esta zona, sometida a un Plan de Emergencia Nuclear y a dos Planes de Emergencia Química, está considerada una de las más contaminadas de España, sufriendo un alto índice de enfermedades alérgicas, respiratorias, cardiovasculares y cancerígenas.

¿Puede garantizar la Comisión que este proyecto respetará las Directivas 2008/1/CE relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (IPPC) que prevé que este tipo de centrales deben funcionar conforme a permisos y valores límite de emisión, basados en las mejores técnicas disponibles; la Directiva 2001/80/CE sobre grandes instalaciones de combustión; y la Directiva 96/62/CE que establece una estrategia común dirigida a definir y fijar los objetivos de calidad del aire para evitar, prevenir o reducir los efectos nocivos para la salud humana y el medioambiente?

¿Puede afirmar la Comisión que el Estudio de Impacto Ambiental realizado, más allá de cumplir un formalismo, respeta realmente los principios y parámetros recogidos en la Directiva 85/337/CE, modificada 97/11/CE, y que cumple sus objetivos?

¿Cree la Comisión que se respeta la Directiva 2003/4/CE, relativa al acceso al acceso del público a la información medioambiental, ya que se han producido denuncias públicas y administrativas denunciando el oscurantismo y la imposibilidad de conocer el proyecto en su conjunto, así como otras informaciones que han sido denegadas?