
Puesto que la UE otorga particular importancia a la protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales en Marruecos, como afirma la Comisión en su respuesta E-3578/07ES:
¿Conoce la comisión la situación de los presos españoles en Marruecos arriba indicada?
¿Cómo puede la Comisión promover el desarrollo y la aplicación eficaz del Convenio bilateral entre el Reino de España y el Reino de Marruecos, relativo a la asistencia a personas detenidas y al traslado de personas condenadas, con el objeto de agilizar el traslado de los presos españoles?
¿No considera la Comisión que ésta es una cuestión prioritaria que debe ser abordada por el Subcomité de Derechos Humanos, creado entre la UE y Marruecos?¿La Comisión piensa abordar el tema de los ciudadanos europeos presos en las cárceles marroquíes, en el marco del diálogo político establecido con éste país?